EDUCACIÓN

ENCINAS REALES / LUCENA: La Junta facilita becas a personas desempleadas formadas en la Escuela de la Madera y Formación Profesional para el Empleo de Lucena

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photo_camera Escuela de la Madera de Encinas Reales

La Consejería de Empleo, Empresa y Comercio ha publicado una nueva orden que modifica la orden del 2009 que regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo, FPE, en Andalucía, y que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos. Esta nueva regulación tiene como novedad que establece como beneficiarios de estas becas a todas aquellas personas desempleadas que participen en acciones formativas de formación profesional financiadas con fondos públicos, bien sean impartidas por centros o entidades colaboradoras, centros propios o adscritos a la Consejería de Empleo o sus entidades instrumentales, como el caso de las Escuelas de Formación para el Empleo del Servicio Andaluz de Empleo.

El delegado de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Manuel Carmona, ha explicado que esto significa que las becas podrán solicitarlas, además de las personas desempleadas que se han formado en Córdoba a través de entidades colaboradoras, y “también podrán hacerlo ahora el alumnado que ha participado en acciones formativas de los centros propios de FPE de Lucena y Montilla y de las Escuela de la Madera y la Joyería”.

Carmona ha informado que en la actualidad desde estas escuelas se está llamando a todos los posibles beneficiarios de estas becas para informarles de este derecho y ayudarles con el trámite.

El responsable territorial ha puesto de manifiesto que las ayudas se podrán solicitar hasta el 1 de febrero y podrán pedirlas los alumnos que han culminado alguna acción iniciada desde el 1 de enero de 2017.

Becas

La solicitud puede obtenerse en http://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaycomercio/areas/formacion-empleo/becas-fpe.html, en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía o en las sedes de las distintas Delegaciones Territoriales o Provinciales de la Consejería con competencia en Formación Profesional para el Empleo.

Se establecen varios tipos de becas y ayudas para los participantes que reúnan los requisitos establecidos en la citada orden. Para personas desempleadas con discapacidad de al menos el 33%, se establece una ayuda de 9 euros por día de asistencia. En el caso de desempleados con edades comprendidas entre 18 y 29 años o mayores de 45 años, que reúnan determinados requisitos (desempleados de larga duración, desempleados con menores a su cargo, no ser beneficiarios de subsidio de desempleo), se incrementa la cuantía anterior diaria en un 50%.

Se establece también una ayuda en concepto de transporte público urbano, con una cuantía máxima por día de 1,5 euros por día de asistencia, y una ayuda en concepto de transporte en vehículo propio, con una cuantía máxima por día de asistencia de 0,19 euros por kilómetro, para el caso de que la distancia desde su domicilio hasta el lugar donde se imparten los cursos sea de al menos 10 kilómetros.

La orden fija también una ayuda en concepto de manutención, con una cuantía máxima de 12 euros por día lectivo, para desempleados con una distancia desde su domicilio hasta el lugar de los cursos de más de 50 kilómetros, siempre que la acción formativa sea en horario de mañana y tarde. Y una ayuda de alojamiento y manutención de hasta 80 euros por día natural, cuando medien más de 100 kilómetros de distancia entre su domicilio y el centro de formación.

Las ayudas a la conciliación suponen el 75% del IPREM diario por día de asistencia, con el requisito de tener a su cargo la persona desempleada el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado.