Ante ello, la Guardia Civil decidió efectuar una inspección en la citada parcela, solicitando para ello la colaboración de Veterinarios de la Oficina Comarcal Agraria, observando en la misma como tres personas, integrantes todos ellos de la misma familia, mantenían un gran número de perros, algunos de ellos metidos en jaulas de pequeñas dimensiones y llenas de heces.
Una vez comprobado que los propietarios de los animales carecían de la pertinente autorización para mantener un núcleo zoológico, así como que los animales carecían de microchip identificativo, no habían sido vacunados y carecían de cualquier tipo de control, se procedió a la intervención de unos 50 perros que han sido trasladados a diferentes centros de protección de animales y a la investigación de las tres personas como supuestos autores de un delito de maltrato animal. Asimismo, se ha procedido a la instrucción de varios expedientes de denuncia por infracción a lo dispuesto en la Ley de Protección Animal de Andalucía, al carecer los animales de las pertinentes vacunas y por las deficientes condiciones higiénicas sanitarias observadas.
La parcela donde se encontraban los animales presentaba un estado de insalubridad perjudicial para la salud de los animales y las personas. Como medida cautelar a dichos animales se les ha realizado reconocimiento facultativo, tratamientos, vacunaciones y se les ha dotado de microchip.
La Guardia Civil quiere agradecer a las protectoras que han recogido los animales, a los Servicios de Salud, al Ayuntamiento, Servicio Sociales y Policía Local de Iznájar y al Servicio de Veterinaria de la Oficina Comarcal Agraria su colaboración para poder llevar a efecto dicha inspección.
La Ley de Protección Animal, la de Sanidad animal y el Código Penal, precisa que las personas que tengan animales de compañía, deben de mantenerlos en buenas condiciones higiénico-sanitarias, procurar que recibían tratamientos obligatorios y que estén identificados. En caso de no mantenerlos en esas buenas condiciones pueden incurrir en un delito de Maltrato Animal tipificado en el art. 337.1, de nuestro Código Penal.